Abrir las puertas de un negocio es un reto que conlleva ilusión, pero también una responsabilidad económica inmensa. En mi experiencia trabajando con autónomos y pymes, he visto cómo un simple descuido —una tubería rota un fin de semana o un resbalón fortuito de un cliente— puede poner en jaque años de esfuerzo.
Muchos emprendedores cometen el error de ver el seguro de comercio como un «impuesto» más o un trámite que exige el casero. Sin embargo, en TuGestorSeguros defendemos que es la única red de seguridad real que garantiza que, pase lo que pase, tu negocio seguirá vivo.
¿Es realmente obligatorio asegurar un local comercial?
Esta es la pregunta estrella. Legalmente, la obligatoriedad depende de varios factores, pero en la práctica, casi siempre lo es por alguna de estas vías:
- Por Contrato de Alquiler: El 99% de los propietarios exigen por contrato un seguro de responsabilidad civil y daños al continente.
- Por Convenio Laboral: Si tienes empleados, la Responsabilidad Civil Patronal suele ser obligatoria para cubrir accidentes de trabajo.
- Por Licencia Municipal: Ciertas actividades (hostelería, centros infantiles, talleres) requieren un seguro de RC específico para obtener la licencia de apertura.
¿Quién debe contratar el seguro de local comercial?
Si tienes en propiedad el local que tú mismo explotas, normalmente no hay ninguna clase de duda: necesitas un seguro completo que cubra el local, su contenido y la responsabilidad civil de la actividad que realizas (aunque ésta puede contratarse aparte). Sin embargo, cuando se trata de un local comercial alquilado, suelen surgir dudas sobre a quién le corresponde contratar el seguro: al propietario o al arrendatario.
Habitualmente, las dos partes cuentan con un seguro de local comercial. La parte propietaria, si cuenta con hipoteca, debe contar como mínimo con un seguro de incendios y daños que cubra el continente (la estructura del local), pero no el contenido.
Por este motivo, es esencial que los arrendatarios contraten un seguro de local comercial que cubra el contenido, es decir, todas las mercancías y equipamientos con los que cuenta el local, así como la cobertura por responsabilidad civil que responda ante los potenciales daños a terceros derivados de la actividad comercial.
Además, es importante saber que el propietario puede exigir en el contrato de alquiler la contratación de un seguro multirriesgo para el local comercial.
En definitiva, debes proteger tu local comercial tanto si eres propietario como si eres arrendatario, lo que cambia son las coberturas que necesitarás.
Si tienes dudas sobre qué coberturas contratar, y cuáles no, lo mejor que puedes hacer es dejarte asesorar por un profesional de los seguros. Un agente de seguros hablará contigo para conocer los riesgos de tu negocio y elaborar una póliza que cubra justo lo que necesitas. ¡Y ya puedes trabajar tranquilo!
Incluso si no estuvieras en estos casos, operar sin seguro significa que tú respondes con todo tu patrimonio personal ante cualquier incidencia.
Continente y Contenido: El error que sale caro en el siniestro
A la hora de contratar, es vital diferenciar estos dos conceptos para no caer en el temido «infraseguro».
El Continente (La estructura)
Si eres el dueño del local, debes asegurar el 100% de la estructura (paredes, techos, instalaciones fijas). Si eres inquilino, te recomiendo asegurar las obras de reforma que hayas hecho tú (pintura, suelos nuevos, escaparates reforzados).
- Consejo de experto: Nunca asumas que el seguro de la comunidad o del dueño te cubre a ti; ellos protegen su interés, no el tuyo.
El Contenido (Tus activos)
Aquí incluimos la mercancía, mobiliario, maquinaria y equipos informáticos.
- Ojo con el valor: Si tienes 50.000€ en stock pero declaras 20.000€ para pagar menos prima, en caso de incendio el seguro te aplicará la regla proporcional y solo te pagará una fracción del daño. Declara siempre el valor real de reposición.
Responsabilidad Civil: La cobertura que salva patrimonios
Si tuviera que elegir una sola cobertura imprescindible, sería esta. La Responsabilidad Civil (RC) cubre los daños que tu actividad cause a terceros.
- RC de Explotación: Para accidentes comunes (un cliente que se corta con un cristal roto).
- RC de Producto: Vital si vendes comida o productos manufacturados que puedan causar daños tras la venta.
- RC Patronal: Para cubrir las indemnizaciones por accidentes laborales de tus trabajadores.
Recomendación de TuGestorSeguros: En 2026, no contrates menos de 300.000€ de capital en RC. Las indemnizaciones por daños personales han subido considerablemente y un capital menor puede quedarse corto en un siniestro grave.
La cobertura olvidada: Pérdida de Beneficios (o Lucro Cesante)
Imagina que tu local sufre un incendio y tienes que cerrar tres meses por reformas. Los gastos fijos (alquiler, nóminas, impuestos) siguen llegando, pero tus ingresos son cero.
La cobertura de Pérdida de Beneficios te indemniza por cada día que el negocio esté cerrado, permitiéndote sobrevivir hasta la reapertura. Para un autónomo, esta cobertura es, literalmente, su sueldo.
Errores críticos que debes evitar al contratar
- Asegurar un comercio como si fuera una vivienda: Los riesgos profesionales y las protecciones contra robo son totalmente distintos.
- No actualizar los capitales: Si compras maquinaria nueva o aumentas el stock en Navidad, avisa a tu mediador para ajustar la póliza.
- Contratar solo por precio: Un seguro que no incluye defensa jurídica o daños eléctricos limitados es un problema disfrazado de ahorro.
Conclusión
El seguro de comercio no es un gasto, es una inversión en tranquilidad. Antes de contratar, analiza bien los riesgos específicos de tu sector (no es lo mismo una carnicería que una oficina de diseño).
Aviso Legal: Este artículo tiene carácter informativo y divulgativo. Las coberturas finales dependen de las condiciones particulares de cada póliza y compañía. En TuGestorSeguros recomendamos siempre un estudio personalizado antes de cualquier contratación.